jueves, 19 de mayo de 2016

BLOQUE 8 "SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS


ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 1 “SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS



Con base en la lectura de sus materiales, elabore un esquema en el que explique las siguientes interrogantes:
1.   ¿QUÉ ES LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS? Es la intervención del Estado a través del gobierno en forma rápida y eficaz mediante la interrupción de los derechos humanos y las garantías establecidas a los órganos de gobierno, permitiéndole con esto a los mismos un desempeño más efectivo para garantizar la continuidad del orden preestablecido y su propia supervivencia.                                                                                                                                         
2.   ¿CUÁL ES EL PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS? Es el acto por virtud del cual, el Presidente de la República, inicia el procedimiento y, en su momento, decreta la suspensión de garantías. A los titulares de los órganos indicados de la administración pública federal centralizada, se les faculta para acordar con el Ejecutivo federal el inicio del procedimiento o impedir jurídicamente el mismo.
Al Congreso de la Unión, y en sus recesos a la Comisión permanente del mismo, corresponde la aprobación o negativa a efecto de que el presidente de la República pueda decretar la suspensión de garantías.           
                                                           
3.   ¿QUÉ AUTORIDADES INTERVIENEN EN EL PROCESO DE SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS? El proceso de suspensión de garantías es un mecanismo en el que intervienen, diversas autoridades como lo son: el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de acuerdo con los titulares de las Secretarías de Estado y la Procuraduría General de la República y con la aprobación del Congreso de la Unión o de la Comisión Permanente cuando aquel no estuviere reunido, podrá restringir o suspender en todo el país o en lugar determinado el ejercicio de los derechos y las garantías.                                                                                                                                     
4.   ¿CUÁLES SON LOS TRATADOS INTERNACIONALES QUE TIENEN RELACIÓN CON LA SUSPENSIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y GARANTÍAS?                        El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS. “ARTÍCULO 4”

1. En situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente, los Estados partes en el presente Pacto podrán adoptar disposiciones que, en la medida estrictamente limitada a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de este Pacto, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada únicamente en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.

2. La disposición precedente no autoriza suspensión alguna de los artículos 6, 7, 8 (párrafos 1 y 2), 11, 15, 16 y 183.

3. Todo Estado parte del presente Pacto que haga uso del derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás Estados parte en el presente Pacto, por conducto del secretario general de las Naciones Unidas, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido y de los motivos que hayan suscitado la suspensión. Se hará una nueva comunicación por el mismo conducto en la fecha en que se haya dado por terminada tal suspensión. Observación general sobre su aplicación.


CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS. “ARTÍCULO 27”

1. En caso de guerra, de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del estado parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en virtud de esta convención, siempre que tales disposiciones no sean incompatibles con las demás obligaciones que les impone el derecho internacional y no entrañen discriminación alguna fundada en motivos de raza, color, sexo, idioma, religión u origen social.

2. La disposición precedente no autoriza la suspensión de los derechos determinados en los siguientes artículos: 3 (Derecho al Reconocimiento de la Personalidad Jurídica); 4 (Derecho a la Vida); 5 (Derecho a la Integridad Personal); 6 (Prohibición de la Esclavitud y Servidumbre); 9 (Principio de Legalidad y de Retroactividad); 12 (Libertad de Conciencia y de Religión); 17 (Protección a la Familia); 18 (Derecho al Nombre); 19 (Derechos del Niño); 20 (Derecho a la Nacionalidad), y 23 (Derechos Políticos), ni de las garantías judiciales indispensables para la protección de tales derechos.

3. Todo estado parte que haga uso del derecho de suspensión deberá informar inmediatamente a los demás estados partes en la presente convención, por conducto del secretario general de la Organización de los Estados Americanos, de las disposiciones cuya aplicación haya suspendido, de los motivos que hayan suscitado la suspensión y de la fecha en que haya dado por terminada tal suspensión.

ACTIVIDAD REALIZADA CON APOYO EN EL MATERIAL DE:  

De Silva, G. (2008, julio-diciembre). Suspensión de garantías. Análisis del artículo 29 constitucional. Revista Mexicana de Derecho Constitucional, 19. Consultado el 18 de mayo de 2016 de:                   http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/cconst/cont/19/ard/ard3.htm

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 29 http://info4.juridicas.unam.mx/juslab/leylab/250/30.htm

http://gaceta.diputados.gob.mx/Black/Gaceta/Anteriores/62/2013/oct/20131017-V/Iniciativa-2.html

domingo, 8 de mayo de 2016

BLOQUE 7. "DERECHOS COLECTIVOS"



ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE 4 “DERECHOS COLECTIVOS”

Con base en lo que ha estudiado respecto a los derechos colectivos y a la idea que tiene de los derechos que se violan en su comunidad, realice lo siguiente:
  1. Elija un derecho social, uno económico y cultural, y el derecho al medio ambiente.
  2. Elija tres aspectos que considere importante investigar en su comunidad.
  3. Platique con tres personas de su comunidad respecto a los tres aspectos relevantes de cada uno de los derechos elegidos.
  4. Posteriormente, elabore un artículo breve en el que incluya una reflexión de lo que vive en su comunidad, municipio o delegación, respecto a los derechos colectivos. Para esta actividad puede apoyarse en los textos que ha estudiado y que aparecen en el espacio de “Materiales”.
  5.  Una vez que haya terminado publíquelo en el blog que creó para la asignatura.
  6. Incluya el link (dirección electrónica) del blog en el editor de textos que se le presenta a continuación para que sea revisado por su asesor(a).


DERECHO SOCIAL: “DERECHO A LA EDUCACIÓN” Este derecho constituye una parte fundamental en la formación y cultura que pueda adquirir cada individuo, los aspectos que se persiguen en este derecho, desde mi punto de vista y el de mis vecinos son:

-    Disminuir el analfabetismo en nuestra comunidad.

-         Incluir a todas las  niñas y niños y sobre  todo a aquellos  que se  encuentran en situaciones difíciles, vulnerables y  desfavorecidas, en el acceso a una enseñanza primaria, gratuita y obligatoria de buena calidad y que la puedan concluir.

-         Mejorar los  aspectos cualitativos de la educación,  para conseguir  resultados de aprendizaje  reconocidos y de buena calidad enfatizando  en la lectura, escritura, aritmética, entre otros.

La gente de mi comunidad con la que comente los aspectos citados, están de acuerdo en que son los puntos con los que deben trabajar nuestras autoridades porque consideramos que son los más relevantes y con ellos se podrían atacar varias deficiencias en nuestro sistema educativo y al mismo tiempo habrían mucho más oportunidades para los niños (as).


DERECHO ECONÓMICO: “DERECHO DE PROTECCIÓN A LA SALUD” Este derecho ha sido tema central en la discusión académica y política de nuestro país, sin embargo, en últimas fechas se ha hecho notar por la desusada importancia que se le ha dado, debido a que, es una necesidad fundamental del individuo y, por otro lado existen intereses económicos, jurídicos, humanos, técnicos y políticos de por medio.

Hablando de este derecho con la gente de mi comunidad, llegamos a la conclusión de que es inhumano ver las condiciones en las que se encuentran algunos pacientes en los hospitales del sector de salud, imss, issste, por mencionar algunos. Me ha tocado asistir al imss a terapias de rehabilitación y como son en el sótano, he visto que tienen a los difuntos formados en sus camillas sobre los pasillos del hospital sin importar que haya gente esperando recibir una atención médica, siendo esto, sumamente insalubre e inhumano.


DERECHO  CULTURAL: “DERECHO A LA NO DISCRIMINACIÓN” En relación a este derecho me es ineludible mencionar que la sociedad, el gobierno y las mismas instancias educativas, son los principales en violar este precepto, puesto que, las personas con necesidades especiales son invisibles para ellos, no importa que en los medios de información, se dé difusión sobre el derecho de estos ciudadanos, la realidad la podemos ver a diario, cuantas individuos respetan los lugares balizados, en los asientos que se asignan en el metro para personas con alguna discapacidad, adulto mayor o mujeres embazadas y/o con niños en brazos, todo el mundo va sentado durmiendo o jugando con su celular menos las personas para las que supuestamente están asignados estos espacios y que decir de los centros educativos que no cuentan con rampas ni espacios especiales para alumnos con alguna discapacidad.
Los vecinos de mi comunidad están de acuerdo con lo antes expuesto, ya que, consideramos que para que este derecho se pueda hacer valer, se necesita tener cultura de respeto, igual, educación y compromiso de lo contrario seguiremos como  hasta ahora.


DERECHO AL MEDIO AMBIENTE: Este derecho es de vital importancia para el mundo entero y no tan solo para la comunidad en donde vivimos, puesto que, debemos reflexionar en relación a este tema porque nos estamos acabando el planeta y con ello merma la calidad de vida que podamos tener, con este derecho se preserva la vida y parece no importarnos.
En mi comunidad hablando de este tema y derecho tan importante llegamos a la conclusión de que es un derecho que nos permite disfrutar de un entorno ambiental adecuado y seguro para poder desarrollarnos siempre y cuando exista el compromiso, cultura y respeto de la misma sociedad para poder preservarlo porque es la obligación de todos participar y poner de nuestra parte para su conservación y las autoridades deberán velar por una utilización racional de los recursos naturales.
En mi comunidad nos organizamos para hacer labor en aras del mejoramiento del medio ambiente, barremos las áreas asignadas para el esparcimiento físico, se poda el césped, se recolecta la basura para tirarla en el camión, se ponen cestos de basura, se pintan los espacios que la delegación asigna para parques, entre otras actividades encaminadas a mejorar el medio ambiente.


ARTÍCULO

En mi comunidad tratamos de ser unidos para poder solucionar los problemas que como sociedad nos aquejan y que depende más de nosotros que de nuestras autoridades poder darles solución, porque como lo comente en el derecho al medio ambiente, formamos grupos de colonos para repartirnos las actividades y así contribuir en las mejoras del medio ambiente en el que vivimos porque finalmente somos nosotros los más interesados en que nuestros espacios se encuentren en óptimas condiciones para poder hacer uso responsable de ellos y con esto transmitimos a nuestros hijos la cultura de vivir en sociedad y de respeto.

ACTIVIDAD REALIZADA CON APOYO EN EL MATERIAL DE:  
Hernández, A. (2010). Derechos económicos, sociales y culturales en la Constitución mexicana. En Los derechos económicos, sociales y culturales y su Justiciabilidad en el derecho mexicano  (pp. 41-128). México: Instituto de Investigaciones Jurídicas-UNAM. 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS http://info4.juridicas.unam.mx/ijure/tcfed/9.htm?s=